Verifactu vuelve a cambiar de fecha. El Ministerio de Hacienda ha decidido aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes vinculadas al Reglamento de sistemas informáticos de facturación, que hasta ahora tenían como fechas de referencia el 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.
El cambio supone más tiempo para restaurantes, bares, cafeterías, hoteles, comercios y otros negocios que utilizan software de facturación. Pero también abre una nueva etapa en un proceso regulatorio que lleva varios años evolucionando y que ya ha obligado a muchos establecimientos a revisar sus sistemas de gestión.
La clave está en entender bien qué significa este nuevo aplazamiento. Verifactu no desaparece ni se abandona el objetivo de transformar los sistemas de facturación. Lo que cambia es el calendario.
Hacienda busca ahora coordinar el desarrollo de Verifactu con la implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, reduciendo así adaptaciones tecnológicas sucesivas en un periodo relativamente corto.
Para los negocios que ya habían actualizado su software, por tanto, la noticia no significa que el trabajo realizado haya sido inútil. Y para quienes todavía no habían empezado, tampoco debería interpretarse simplemente como una razón para olvidarse del tema durante dos años.
¿Hasta cuándo se aplaza Verifactu?
El nuevo horizonte para las obligaciones pendientes de Verifactu se sitúa en octubre de 2028. Hasta ahora, el calendario establecía dos grandes fechas:
- 1 de enero de 2027, para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027, para el resto de empresas y autónomos incluidos en el ámbito de aplicación.
Estas fechas dejan de ser la referencia tras la decisión comunicada por Hacienda el 5 de octubre de 2026. El objetivo del cambio es acercar el calendario del Reglamento de sistemas informáticos de facturación al de la factura electrónica obligatoria, cuyo desarrollo normativo también está avanzando.
En concreto, la factura electrónica está prevista desde octubre de 2027 para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros y desde octubre de 2028 para el resto.
La intención de Hacienda es que ambos proyectos evolucionen de una forma más coordinada desde el punto de vista normativo y tecnológico.
¿Por qué se vuelve a retrasar Verifactu?
Uno de los problemas que planteaba el calendario anterior era la posibilidad de que muchas empresas tuvieran que afrontar varios procesos de adaptación tecnológica prácticamente consecutivos. Un negocio podía verse obligado primero a modificar su sistema para cumplir con los requisitos asociados a Verifactu y, poco después, volver a realizar cambios para adaptarse a la factura electrónica obligatoria.
Con el nuevo calendario, Hacienda busca una mayor convergencia entre ambos modelos.
Esto no significa que Verifactu y la factura electrónica sean exactamente lo mismo. Verifactu se centra fundamentalmente en cómo deben funcionar los sistemas informáticos de facturación y cómo deben generarse, conservarse y, en su caso, remitirse los registros de facturación.
La factura electrónica regula, por su parte, la utilización de facturas electrónicas en las relaciones entre empresas y profesionales.
Son dos proyectos distintos, pero técnicamente relacionados. Coordinarlos puede facilitar que los programas de gestión evolucionen de una manera más ordenada y evitar sucesivas modificaciones en un periodo reducido.
Además, Hacienda prevé seguir trabajando en la convergencia de estos sistemas con otros futuros requisitos europeos relacionados con el reporte digital del IVA, especialmente los derivados de la iniciativa ViDA —VAT in the Digital Age—.
¿Significa el aplazamiento que Verifactu desaparece?
No. Es probablemente la aclaración más importante tras el anuncio. Se retrasa la aplicación de las obligaciones pendientes, pero los principios sobre los que se ha desarrollado la normativa continúan.
El propio planteamiento comunicado por Hacienda mantiene como elementos fundamentales la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Es decir, la dirección regulatoria sigue siendo la misma: avanzar hacia sistemas de facturación que permitan registrar las operaciones de forma segura, trazable y difícilmente manipulable.
Por eso, un negocio que haya cambiado recientemente de TPV o que esté valorando hacerlo debería evitar elegir una solución únicamente pensando en resolver las necesidades actuales. La capacidad del proveedor para actualizar el software y responder a futuros cambios normativos seguirá teniendo cada vez más importancia.
De 2026 a 2027 y ahora a 2028: ¿qué ha pasado con Verifactu?
La evolución del calendario puede generar cierta confusión, especialmente entre aquellos negocios que llevan varios años escuchando hablar de la futura entrada en vigor.
Inicialmente, los plazos apuntaban a 2026. Posteriormente, a finales de 2025, se aprobó un aplazamiento de un año que trasladó las principales fechas hasta enero y julio de 2027.
En ese momento explicamos en nuestro blog qué suponía el aplazamiento de Verifactu a 2027 para los establecimientos de hostelería. Ahora se produce un nuevo cambio. La referencia pasa a ser octubre de 2028, coincidiendo con uno de los principales hitos del calendario de la factura electrónica obligatoria.
Es comprensible, por tanto, que algunos negocios se pregunten si merece la pena seguir preparándose cuando los plazos vuelven a modificarse. La respuesta depende, en gran medida, de cómo se entienda esa preparación. Actualizar un negocio no consiste únicamente en activar Verifactu. También implica contar con procesos de facturación ordenados, un software actualizado, información centralizada y procedimientos claros para gestionar ventas, anulaciones, devoluciones o cierres de caja.
Todo eso sigue siendo útil independientemente de la fecha concreta que aparezca en el calendario.
¿Qué ocurre si mi TPV ya está preparado para Verifactu?
En principio, haber avanzado en la adaptación no supone haber trabajado en vano. Un TPV preparado para cumplir con los requisitos técnicos de Verifactu incorpora una arquitectura de facturación orientada precisamente a mejorar la trazabilidad y seguridad de los registros.
Además, una cosa es que el software esté preparado y otra que haya llegado el momento en el que determinadas obligaciones sean exigibles al negocio. Esta diferencia es especialmente importante ante una prórroga.
Si tu establecimiento ya utiliza un software actualizado, no tiene sentido retroceder a sistemas anteriores simplemente porque se haya ampliado el calendario.
El nuevo plazo permite seguir trabajando con normalidad mientras fabricantes y proveedores de software adaptan sus soluciones a cualquier modificación normativa o técnica que pueda producirse durante los próximos meses.
¿Y si todavía no he adaptado mi software?
El aplazamiento ofrece más margen. Pero margen no significa necesariamente que convenga esperar hasta 2028 para revisar el sistema.
Si el TPV funciona correctamente, está actualizado y el fabricante tiene una estrategia clara ante los futuros cambios normativos, probablemente no sea necesario realizar ninguna actuación urgente.
Sin embargo, si el sistema está obsoleto, depende de procesos manuales o no existe información clara por parte del proveedor sobre su evolución, el nuevo calendario puede ser una buena oportunidad para analizar alternativas sin la presión de una fecha límite cercana.
La pregunta debería ser menos “¿cuándo tengo que cambiar el TPV?” y más “¿mi sistema actual podrá evolucionar conmigo durante los próximos años?”.
En un restaurante, además, el TPV ya no gestiona únicamente la emisión de tickets. Puede conectar ventas, pedidos, cocina, pagos, stock, delivery, reservas o varios establecimientos.
Cambiar una plataforma de este tipo con prisas puede afectar a muchas áreas de la operativa. Disponer de más tiempo permite tomar la decisión atendiendo a las necesidades reales del negocio y no únicamente al cumplimiento de una obligación.
Qué puede hacer ahora un restaurante ante el nuevo aplazamiento
No parece necesario convertir octubre de 2028 en una nueva cuenta atrás desde este momento. Sí resulta recomendable aprovechar el cambio de calendario para revisar algunas cuestiones básicas.
1. Confirmar que el proveedor sigue la evolución normativa
Las reglas pueden continuar cambiando antes de 2028. Por eso, más importante que comprobar una funcionalidad concreta es saber si detrás del TPV existe un proveedor capaz de mantener el software actualizado.
La adaptación regulatoria no debería depender de que el restaurante tenga que interpretar cada modificación publicada.
2. No deshacer los cambios ya realizados
Si el software ya ha sido actualizado o sustituido por uno preparado para los nuevos requisitos, el aplazamiento no obliga a volver atrás.
Una mejor trazabilidad de las operaciones, una facturación ordenada o un mayor control sobre lo que ocurre en caja siguen teniendo valor aunque cambie la fecha de aplicación de la norma.
3. Revisar los procesos internos
La tecnología no resuelve por sí sola una operativa desordenada. Puede ser un buen momento para revisar quién puede realizar anulaciones, cómo se registran los descuentos, cómo se gestionan las devoluciones, qué procedimiento sigue cada turno o cómo se realizan los cierres de caja.
Estos procesos son importantes para mantener una información fiable independientemente de Verifactu.
4. Evitar decisiones basadas únicamente en la normativa
Un restaurante no debería escoger su próximo TPV solo porque aparezca la palabra Verifactu en sus características. La normativa es importante, pero también lo son la facilidad de uso, la capacidad de crecer, las integraciones, el soporte, la gestión de varios establecimientos o las herramientas disponibles para analizar el negocio.
El objetivo debería ser contar con una plataforma válida para los próximos años, no simplemente solucionar una obligación puntual.
Verifactu y factura electrónica: dos cambios que conviene diferenciar
La decisión de coordinar los calendarios puede hacer que ambos conceptos se mezclen todavía más.
Sin embargo, conviene diferenciarlos.
El Reglamento de sistemas informáticos de facturación determina los requisitos que deben cumplir determinados programas utilizados para facturar. Entre ellos se encuentran mecanismos destinados a asegurar que los registros sean íntegros, trazables e inalterables.
Dentro de este marco existen las modalidades Verifactu y no Verifactu.
En el modelo Verifactu, los registros se remiten automáticamente a la Agencia Tributaria. En el modelo no Verifactu, el sistema debe conservarlos aplicando mayores requisitos de seguridad y dejarlos disponibles ante posibles requerimientos.
La factura electrónica obligatoria, en cambio, se refiere a la obligación de utilizar facturas electrónicas en determinadas relaciones comerciales entre empresarios y profesionales.
Que Hacienda quiera hacer converger ambos desarrollos busca precisamente evitar que las empresas tengan que abordar estas transformaciones de forma completamente independiente.
¿Cómo afronta Ágora el nuevo calendario?
En Ágora llevamos tiempo trabajando para adaptar nuestro software TPV a los requisitos derivados del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.
La solución está preparada para trabajar bajo la modalidad Verifactu, incluyendo funcionalidades relacionadas con la generación de registros, trazabilidad, código QR y futura remisión de información a la Agencia Tributaria conforme a los requisitos aplicables.
El nuevo aplazamiento no cambia esa hoja de ruta.
Al contrario, disponer de un mayor margen permite seguir evolucionando el sistema a medida que Hacienda concrete la convergencia entre Verifactu, factura electrónica y los futuros requisitos técnicos.
Para un restaurante, esto significa no tener que plantearse la tecnología únicamente desde el punto de vista fiscal.
Con Ágora TPV, ventas, facturación y otros procesos del establecimiento pueden gestionarse desde un mismo entorno. Además, es posible centralizar información de diferentes locales, consultar informes, conectar integraciones y automatizar tareas que forman parte de la operativa diaria.
La normativa cambia. La necesidad de contar con información fiable y una gestión ordenada, no.
Más tiempo, pero el mismo camino hacia una facturación digital
El nuevo aplazamiento vuelve a modificar una fecha que muchos negocios ya tenían marcada en el calendario.
Hasta octubre de 2028 queda más margen del previsto, y durante ese periodo todavía pueden producirse modificaciones técnicas y regulatorias. Por eso, será importante seguir las novedades que publique Hacienda y evitar interpretar el calendario actual como una fotografía definitiva de todo lo que ocurrirá durante los próximos dos años.
Lo que sí parece claro es la dirección.
Los sistemas de facturación avanzan hacia una mayor trazabilidad, digitalización e integración, tanto en España como en el ámbito europeo.
Para los negocios que ya han hecho los deberes, el aplazamiento permite continuar trabajando con tranquilidad. Para los que todavía están valorando cómo evolucionar sus sistemas, ofrece tiempo para hacerlo sin decisiones precipitadas.
Y desde Ágora la posición es sencilla: llegue cuando llegue Verifactu, nuestro software estará preparado para acompañar a los negocios en la adaptación.
Porque las fechas pueden cambiar. Lo importante es contar con una tecnología capaz de cambiar con ellas.



